martes, 18 de diciembre de 2007

Justicia Comunitaria


Justicia para todos
Pluralismo jurídico en la Nueva Constitución. El debate sobre la justicia comunitaria


La justicia comunitaria es el sistema jurídico indígena y comunitario que regula el ordenamiento de las comunidades indígenas del país. Actualmente, en Bolivia conviven 36 comunidades indígenas, y cada una de ellas guarda en su seno diversas formas de organización social, cultural, política y judicial. La justicia comunitaria ha sido su forma de administrar y hacer justicia en base a sus saberes ancestrales. Excluida e ignorada por buena parte del orden jurídico ordinario, la justicia comunitaria ha generado diversos debates en los últimos años. Desde los posicionamientos amarillistas en torno al supuesto salvajismo de algunas de sus sanciones (imposible dejar pasar a esta altura, el vergonzoso reduccionismo con el que buena parte de la prensa paceña y el sistema jurídico unieron el asesinato del alcalde de Ayo Ayo, en 2002, con las prácticas de la justicia comunitaria), hasta los que plantean la viabilidad y efectividad de la justicia comunitaria.

En el proyecto de Carta Magna elaborado por el MAS (Movimiento al Socialismo), el Estado boliviano reconoce la existencia de la justicia comunitaria, en paralelo al sistema judicial ordinario, sustentándose en los saberes ancestrales de las naciones indígenas, cuya existencia es anterior a la creación de la República. Para la ejecución de las determinaciones judiciales de la jurisdicción comunitaria, las autoridades recibirán apoyo estatal, para lo cual una ley especial aprobada en la Asamblea Legislativa, definirá la cooperación y coordinación de ambos sistemas. Esta propuesta muestra una clara sintonía con la reciente Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, que exige a los Estados respetar las formas jurídicas originarias. “La justicia ordinaria es la que debe aprender del derecho indígena, que es una forma de justicia ágil, efectiva, gratuita y transparente”, comentó la asambleísta Rebeca Delgado (MAS), durante los debates llevados adelante en Sucre. La propuesta del MAS se apoya en la reciente evaluación efectuada por la Comisión de Poder Judicial de la Asamblea Constituyente, que demuestra que la cobertura de la justicia ordinaria en Bolivia abarca sólo al 40 por ciento de los municipios nacionales, estadísticas que hablan de la reales dificultades que atraviesa el sistema judicial ordinario.
Por su parte, los partidos de la oposición han rechazado la aplicación del “pluralismo jurídico” propuesto por el Movimiento Al Socialismo (MAS), pues consideran que esto constituiría un retroceso en el sistema judicial boliviano. El asambleísta Freddy Ibáñez (MNR) declaró que “esto implica que con la aplicación de la justicia comunitaria, en Bolivia reinarán 37 formas diferentes de impartir justicia. Debemos consolidar la justicia ordinaria y no sumar desconcierto”. Los asambleístas opositores plantean que la justicia comunitaria sólo tenga jurisdicción sobre delitos menores, como conflictos de tierras, disputas entre particulares o incumplimiento de pago de asistencia familiar. “Necesariamente una de estas justicias debe superponerse a otra, porque de lo contrario esto sería una confusión y un choque de competencias”, declaró el asambleísta Carlos Cordero.

Finalmente, otro de los puntos que más conflictos suscita (y donde aparece un marcado desconocimiento de muchos asambleístas y opinólogos en el tema) es en referencia a la supuesta radicalidad en las sanciones que impone la justicia comunitaria. El tema ha dejado las discusiones al rojo vivo. El proyecto oficialista reconoce que las comunidades indígenas deberán sujetarse a la normativa de la Constitución, donde los “usos y costumbres” originarios tendrán que adaptarse a la normativa universal sobre el tema. Por su parte, los indígenas sostienen que los tipos de castigo como el destierro y los golpes no podrán ser desechados o cambiados en la justicia comunitaria. En una reciente declaración, la CIDOB y el Consejo de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), expresaron que “no están dispuestos a modificar sus usos y costumbres, para que se adecuen al sistema judicial que se apruebe en la Constitución Política del Estado”. La discusión no está resuelta y promete profundizarse (y esperemos no postergarse u olvidarse) cuando reabran las sesiones de la Asamblea Constituyente. El dialogo entre asambleístas y comunarios puede abrir la posibilidad de parir una verdadera nueva forma de hacer justicia. Que al Estado boliviano le corresponda un solo derecho o sistema jurídico y viceversa, ha generado exclusión en cuanto al acceso a la justicia. Quizás, avanzar hacia el pluralismo pueda hacer llegar la justicia a todo el pueblo.

lunes, 10 de diciembre de 2007

el interpretador Nº32


YA SALIÓ Y CON CUENTO DE VISCARRA

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SUMARIO
ensayos/artículos/entrevistas. Dossier. No temáis. POESÍA DE LOS 90. Martín Prieto y Daniel G. Helder, Boceto Nº 2 para un... de la poesía argentina actual; Silvio Mattoni, Tres poetas en los ’90; Washington Cucurto, Mis amigos peronistas... NARRATIVA DE LOS 90. Horacio González, La figura literaria del reventado como teoría picaresca de la política; Edgardo Berg, Siete notas sobre la poética de Sergio Chejfec; Elsa Kalish+Roberto Fontanarrosa, Parresía + Cuestión de principios. TEATRO DE LOS 90. Celia Dosio, Teatro en los noventa. Lo joven, la tradición y la disolución en el primer Caraja-ji. INTERNET EN LOS 90. Alejandra Bertucci y María Luján Ferrari, De la Cultura letrada a Internet. REVISTAS EN LOS 90. Presentación, por Sebastián Hernaiz; Entrevista a Marcos Herrera (La Giralda); Entrevista a Ana Porrúa (Paredón y después, SiRcO); Entrevista a Daniel Link (Magazín Literario, Radar Libros); Entrevista a Sergio Olguín (V de Vian); Entrevista a Osvaldo Aguirre (El ABC de la literatura, V de Vian, Paredón y después, Diario de poesía, Barrio Jalouin, entre otras); Entrevista a Raúl Brasca (Maniático Textual); Hernán Sassi, A pesar de Shanghai, a pesar de Babel; Christian Ferrer, La parra caída. Las revistas culturales durante la democracia. NO MATARÁS. Observaciones al artículo de León Rozitchner, “Primero hay que saber vivir…”, publicado en la revista El ojo mocho número 20, por Oscar del Barco. PASOLINI. Placer, dolor y conocimiento: identidades puestas en crisis en Teorema de Pasolini y Bacantes de Eurípides, por Cecilia Eraso. Nuevas cuestiones lingüísticas, por Pier Paolo Pasolini. Traducción: Esteban Nicotra. PASTORMERLO. Borges Crítico, por Jorge Panesi. JOSEPH MALLORD WILLIAM TURNER. Luz y Color, por Jorge Omar Viera. JÓVENES ESCRITORES MENORES DE SESENTA AÑOS. Apuntes sobre narrativa y poesía hoy, por Nancy Fernández. Aguas prohibidas: el paraíso perdido y las luchas federales en torno a la libre navegación de los ríos. Una lectura de Paniagua de Martín Rodríguez, por María Laura Romano. Morir, por Michel Houellebecq. Traducción de Julieta Caballero y Elsa Kalish. Libros. (Esta sección se actualiza constantemente) http://elinterpretador-libros.blogspot.com/ narrativa. Víctor Hugo Viscarra - Elegir o no elegir, that is la prablem. Presentación, por Nicolás García Recoaro. Washington Cucurto - 1810 (La revolución vivida por los negros, mestizos y mulatos) Gustavo Ferreyra - El hedor. Daniel Mundo - El mundial. Camila Flynn - La cena. Diego Tatián - El último en dormir (Extracto. Dos relatos breves: Anacronía de un escritor mediocre y El desvío). Poesía. Damián Ríos - Dos poemas pertenecientes a Como un zumbid. Leonor Silvestri - Un país extranjero. Paula Peyseré - Adelanto de Las Afueras y 4 poemas de Base. Malena Rey - Las Venganzas. Adriana Kogan – Poemas. Naty Menstrual - Rara danza de pijas voladoras. Aguafuertes. Verónica Bonafina - La pelada. Diego Vecino - Postales de la resistencia. Lucas Funes Oliveira - El Capitán. Mercedes Halfon – Confeti. Rodrigo Arreyes – Ayrton. SEGUNDA SERIE DE RELATOS DE LA SAGA VILLA CELINA. El campito – 3. Juan Diego Incardona - "Frankenstein" (1ra parte)